Educacion Financiera
Contrato de Adhesión: Depósitos y Créditos
Son aquellos en los que la institución supervisada es quien define las cláusulas y/o condiciones que lo rigen, quedando el usuario en la libertad de contratar o no el producto o servicio por ellos ofrecidos.
Contratos de adhesión de depósitos.
- Los contratos de Depósitos deben contener como mínimo:
- Los sujetos: Identificación del usuario y la institución supervisada y domicilios de las partes.
- La descripción del producto o servicio financiero contratado
- La vigencia, condiciones y procedimientos para realizar modificaciones en los términos y condiciones pactados, incluyendo la cancelación anticipada del contrato.
- Comisiones y tasas de interés
- Mecanismos de cobro o pago admitidos
- Procedimientos y plazos para la presentación de reclamos